09-Dec-2006   organigrama multimedia anexo documental colabore contacto
“O se está al servicio del país en contra de la deuda externa, o se está al servicio de la deuda externa en contra del país”
economia
mercosur
exterior
industria
trabajadores
universidad
 
alejandro olmos
palabra
 
 
 
pensadores
geopolitica
derecho
economia
historia
 
 
Regímenes promocionales de exploración y explotación de hidrocarburos: el Congreso votó nuevos beneficios para las petroleras
La eterna "seguridad jurídica"

Bajo el paraguas de las diferentes situaciones de "Emergencia", los argentinos hemos visto cómo, en los últimos años, sistemáticamente se dispusieron leyes y decretos de necesidad y urgencia que consis-tieron en lucrosos beneficios (principalmente vía extensiones impositivas y subsidios) para las mismas empresas nacionales y extranjeras que saquean las riquezas del país desde hace tiempo.

Argentina es el único país del mundo cuyos recursos hidrocarburíferos se encuentran en su gran mayoría en manos extranjeras. Según los balances empresarios presentados ante la Bolsa de Comercio porteña, el negocio petrolero es uno de los que más ganancias están reportando en este 2006. En los pri-meros 9 meses del año, Repsol-YPF obtuvo en la Argentina ganancias netas por casi 4.000 millones de pesos. Las multinacionales petroleras pagan en Argentina impuestos irrisorios, que a su vez se calculan según los informes que ellas mismas presentan ante los órganos de contralor del Estado Nacional, sin ol-vidar la gran evasión que realizan. Estas mismas empresas transfieren desde la Argentina a sus países de origen 42 mil pesos por minuto. Y aún así, con exigencia religiosa, siguen invocando el dogma de la "se-guridad jurídica".


Aún así, en este sentido, una ley que recientemente se aprobó y otra que está a pronto a aprobarse implicarían profundizar el modelo energético de la década menemista.

El Senado Nacional aprobó, el último 11 de octubre, un proyecto de regímenes promocionales para la inversión privada en materia energética. Este proyecto había sido presentado ante el Congreso el 19 de mayo de 2005, a instancias del presidente Kirchner, de su entonces ministro de Economía, Roberto La-vagna, y del ministro de Planificación, De Vido. En la carta que acompañaba el proyecto, se aducía la necesidad de implementar un programa de exploración de hidrocarburos por razones de estricta lógica mercantil: "Existen extensas zonas -se lee en la carta- que por su riesgo exploratorio, y por no haberse detectado hidrocarburos de características comerciales, han quedado relegadas (…) debido a la falta de incentivos económicos diferenciales. Es por ello que se trata de promover por la vía parlamentaria corres-pondiente, las modificaciones que hagan más atractiva y competitiva la exploración de nuestro territorio nacional…". La lógica de la explotación de los hidrocarburos del subsuelo argentino, entonces, está al servicio de las expectativas gananciales de las empresas privadas: los hidrocarburos deben tener "caracte-rísticas comerciales", no estratégicas; son un commodity, una mercancía más, no un derecho humano y un bien social.

Como las zonas de exploración que buscan promoverse no poseen "características comerciales", el nuevo régimen de promoción incentivaría a las empresas a invertir en estas áreas. El proyecto, así, "intro-duce modificaciones razonables que permitirán un tratamiento especial para las áreas en las que el capital de riesgo no ha mostrado interés hasta la fecha"; claro que sin importar que hasta la fecha se han sobreex-plotado los pozos existentes reduciendo el horizonte de reservas disponibles, amparándose dicho saqueo en la legislación menemista. Así lo expresa explícitamente esta carta, al asegurar que "los decretos Nº 2.178 de fecha 21 de octubre de 1991, su modificatorio Nº 1.271 de fecha de 21 de julio de 1992 y Nº 1955 de fecha 4 de noviembre de 1994, dentro del marco de la Ley de Hidrocarburos y de la Ley de Fede-ralización, son un marco regulatorio adecuado para las zonas de mayor madurez exploratoria". Y que si "La aplicación de estos planes exploratorios ha permitido dar continuidad a la exploración en términos generales" en las nuevas cuencas se indica la "necesidad de promover e incentivar la exploración con me-didas acordes a esas características".

Tal proyecto establece la creación de dos "regímenes promocionales de exploración y explotación de hidrocarburos", aplicables a la totalidad del territorio nacional, incluida la Plataforma Continental. El primer régimen es el "Promocional para la explotación de hidrocarburos", que pone a "disposición a todas las áreas que no están actualmente con permiso de exploración o concesión de explotación". Los benefi-cios aplicables a las áreas que sean entregadas se extenderán entre 10 y 15 años promedio. A estas promo-ciones sólo podrá accederse en tanto se esté en asociación con ENARSA, salvo que ésta renuncie a la aso-ciación. Los adjudicatarios tendrán el beneficio de la acreditación o devolución del IVA "sobre la totalidad de los gastos e inversiones realizados en la etapa de exploración y las inversiones realizadas en el período de explotación". Respecto al Impuesto a las Ganancias, todos los gastos e inversiones "serán amortizados en tres cuotas anuales, iguales y consecutivas", y "los bienes pertenecientes a los titulares de permisos y concesiones no integrarán la base de imposición del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta". A su vez, tendrán el beneficio de la exención del pago de "los derechos de importación y todo otro derecho, impues-to especial, gravamen correlativo o tasa de estadística".

El segundo capítulo del proyecto de ley, establece un Régimen Preferencial para áreas de explora-ción ya otorgadas en concesión que están "parcialmente exploradas". Según el proyecto, se permitirá la subdivisión de estas áreas, introduciéndose las surgentes subdivisiones en el primer régimen promocional, considerándose como nuevo permiso de exploración. En tal caso, también deberá crearse una asociación con Enarsa, salvo expresa renuncia de ésta última.

Este proyecto fue cuestionado por legisladores y diferentes organizaciones políticas y sociales que presentaron a través del diputado Claudio Lozano un proyecto alternativo por la recuperación de la sobe-ranía energética nacional, que establece, entre otras cosas: la derogación de tres decretos del PEN de 1989 que "garantizan la libre disponibilidad de gas y petróleo para su exportación; la fijación de precios inter-nos referenciados en el valor internacional y la libre disponibilidad del 70% de las divisas de los hidrocar-buros comercializados en el exterior; que la "fijación de los precios internos de los combustibles será rea-lizada por el Poder Ejecutivo Nacio-nal"; la creación de una Comisión Parlamentaria Bicameral que "ana-lizará todos los contratos, permisos de exploración y concesiones de explotación de áreas hidrocarburífe-ras, pudiendo decidir su nulidad o resolución"; la suspensión de "toda exportación de hidrocarburos que no este destinada a satisfacer la demanda social de los pueblos de los países limítrofes"; la obligación de que ENARSA sea quien "lleve de manera permanente la Base de Datos Integral de Hidrocarburos" y que, "siendo empresa con mayoría estatal permanente, [que] tiene a su cargo la totalidad de las áreas marítimas nacionales (…) determine los permisos de exploración o las concesiones de explotación…"; la exigencia de declaración de la "necesidad de la recuperación de las áreas hidrocarburíferas ilegal o irregularmente adjudicadas a empresas privadas", las cuales deberán ser adjudicadas a ENARSA bajo "titularidad de los permisos de exploración y las concesiones de explotación".

El nuevo esquema de regímenes que benefician a las multinacionales del petróleo llega en momen-tos en que la renta petrolera supera largamente los 12.000 millones de dólares anuales según los especia-listas, luego de 17 años de que estas empresas no realizaran ninguna inversión considerable en exploración y explotación provocando una caída de las reservas de gas y petróleo a 8 años aproximadamente.

La segunda ley que se aprobaría en poco tiempo más y que completaría el marco de la entrega es la llamada "Ley Corta". Esta ley, impulsada por los gobernadores provinciales que integran la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos (OFEPHI), obtuvo un dictamen favorable en Comisión en el Senado el último 8 de noviembre y logró media sanción en esa el 22 del mismo mes. Esta ley modi-ficaría a la vigente Ley de Hidrocarburos (17.319) de 1967, para reglamentar el artículo 124 de la Consti-tución Nacional reformada en 1994. Este artículo dice: "Corresponde a las provincias el dominio origina-rio de los recursos naturales existentes en su territorio". A su vez, completaría la Ley 24.145 llamada de Federalización del Subsuelo y Privatización de YPF y complementaría al decreto 546/2003 a partir del cual se le permitió a las provincias licitar áreas libres o revertidas que no estaban concesionadas por la Nación. Esta "ley corta", que no es más que la prolongación de la entrega del '90 "sin blanquear", buscaría ser amparada en los próximos meses por una nueva Ley de Hidrocarburos (una "ley larga") que entonces sí legalizaría el saqueo.

Esta "ley corta" establece que las provincias asumirán en forma plena el ejercicio del dominio ori-ginario (propiedad) de los yacimientos que se encuentren en sus territorios, y a su vez la administración (jurisdicción o dominio útil) que implica la capacidad para otorgar permisos de exploración y concesiones de explotación y transporte. Hasta ahora las provincias sólo podían ejercer la administración de las áreas que estuviesen vacías. Ahora, una vez finalizados los contratos vigentes otorgados por la Nación (que en su mayoría vencen en 10 años), la totalidad quedaría a consideración de los gobiernos de turno provincia-les. Esto dará mayor autonomía a las provincias respecto de la Secretaría de Energía, las cuales podrán percibir cánones y fiscalizar por cuenta propia (aunque al respecto hay algunas cuestiones no aclaradas). La Nación se quedaría sólo con los recursos ubicados allende los 22 kilómetros de las costas marítimas.

El problema de este tipo de leyes no sólo consiste en fragmentar la ya poca soberanía y poder del estado nacional sobre el control de recursos no renovables; sino en que se puede confundir la "federaliza-ción" con la "provincialización", al entregar recursos a gobernadores (e incluso a intendentes) práctica-mente sin límites (como en el caso de las tierras fiscales, que en gran cantidad de provincias son "regala-das" a empresarios "filantrópicos" por los municipios). Por otra parte, este acuerdo entre provincias petro-leras y la nación no representa a la mayoría de las provincias, las cuales no tienen estos recursos pero al-canzan al 85% de la población argentina. La futura disponibilidad de estos recursos estratégicos estarán en manos de gobernadores que representan apenas a un 15 % de la población.



 
 
 
 
  HOME
 
 
organigrama / multimedia / anexo documental / colabore / contacto

 

webmaster: visualfreak_juan@yahoo.com.ar